violencia de genero | REDconsultora https://www.redconsultora.com Investigación, formación, tutorización y acompañamiento, cooperación Wed, 16 Aug 2023 12:17:03 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.4.3 [Oferta de empleo CERRADA] Psicólogo/a de atención a mujeres jóvenes víctimas de violencia de género https://www.redconsultora.com/psicologo-victimas-genero/ Mon, 03 Jul 2023 11:02:42 +0000 https://www.redconsultora.com/?p=25326

[Oferta de empleo CERRADA] Psicólogo/a de atención a mujeres jóvenes víctimas de violencia de género

Oferta de empleo

Descripción del puesto de trabajo

Orientación, asesoramiento e intervención psicosocial en situaciones de violencia machistas sufridas por mujeres jóvenes.

Lugar

Perfil/requisitos

TITULACIÓN

Licenciado o grado en psicología.

FORMACIÓN

Al menos 100 horas de formación especializada en materia de Violencia de Género.

Al menos 50 horas de formación (cursos, seminarios, jornadas, etc.) especializada en Mujeres Jóvenes Víctima de Violencia de Género

Al menos 50 horas de formación (cursos, seminarios, jornadas, etc.) especializada en Violencia Sexual, Acoso Sexual, Aborto y Esterilización Forzosos, Mutilación Genital Femenina y/o Matrimonio Forzoso.

EXPERIENCIA

Experiencia profesional demostrable, mínima de 1 año, como Psicólogo/a en atención a víctimas de violencia de género, en un recurso especializado.

Experiencia profesional demostrable, mínima de 4 años, en atención a mujeres víctimas de violencia sexual, acoso sexual, aborto y esterilización forzosos, mutilación genital femenina y/o matrimonio forzoso.

Experiencia profesional demostrable, mínima de 4 años, en atención a mujeres jóvenes víctimas de violencia de género

Actividades / tareas a realizar

Atención individualizada presencial y por mensajería instantánea. 32 horas a la semana, en horario de mañana y tarde.

Duración

Sustitución

Horario

32 horas a la semana, en horario de mañana y tarde.

Tipo de contrato

Duración determinada

Salario

Según Convenio Intervención Social

CANDIDATURA

Rellena los datos que te solicitamos en el cuestionario adjunto y haznos llegar tu CV
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25 de noviembre, día internacional contra el maltrato https://www.redconsultora.com/25-novimbre-tolerancia-0/ https://www.redconsultora.com/25-novimbre-tolerancia-0/#respond Thu, 25 Nov 2021 17:21:09 +0000 https://www.redconsultora.com/?p=19871 Con ocasión del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, que se celebra el 25 de noviembre, la Fundación Mutua Madrileña y Antena 3 Noticias dentro de su iniciativa de sensibilización “Contra el maltrato, Tolerancia Cero”,hacen públicas la conclusiones del II Macroestudio de Violencia de Género “Tolerancia Cero”. El macroestudio se ha elaborado con las opiniones de 6.159 españoles recogidas en septiembre de de 2021.

La mitad de la población española (49%) conoce algún caso cercano de violencia de género, un porcentaje cuatro puntos mayor que el de hace un año,

Este conocimiento de casos de violencia de género cercanos crece hasta el 58% y 58,5%, respectivamente, cuando se pregunta exclusivamente a mujeres o al colectivo de edad más joven de los encuestados, de entre 18 y 34 años. Con respecto a las mujeres también crece el porcentaje de las que piensa que hay más casos que antes (47% frente al 41% del año pasado).

El 78% de los encuestados considera que la violencia de género es un problema muy extendido en la población y que puede afectar a cualquier grupo de edad o colectivo social. Y, aunque al 60% les parece algo inaceptable, a una de cada tres personas les parece que es inevitable en general o en determinadas situaciones.

La obligación de mantener relaciones sexuales, el menosprecio en público o los empujones o amenazas verbalaes son las situaciones que más representan la violencia de género y las más valoradas para las personas mayores de 35 años.

Aunque, en general, la percepción de la población general sobre las situaciones que representan violencia de género, -como puede ser obligar a mantener relaciones sexuales (94,3% para la población general), el menosprecio en público (93,4%) o los empujones o amenazas verbales (92,6%)- es muy alta, al segmentar los resultados por grupos de edad, el de 18 a 35 es el que puntúa ligeramente más bajo en todos los ítems.

El control de los horarios, de la forma de vestir y del teléfono móvil o redes sociales tienen mayor percepción como conductas de mantrato entre las personas jóvenes.

En cuanto a otras conductas, menos percibidas en general como maltrato, como pueden ser el control de los horarios, de la forma de vestir y del teléfono móvil o redes sociales, se ven catalogadas como violencia de género por en torno a un 82-86% de los jóvenes, si bien hay un 14-18% que opina que, si la pareja controla los movimientos, no es violencia de género.

Los menores no son suficientemte protegidos

la gran mayoría de personas (86%) opina que los pequeños son igualmente víctimas de la violencia de género y que no se les protege lo suficiente.

Las nuevas tecologías son herramientas al servicio del verdugo

Igualmente, con respecto al papel de las nuevas tecnologías, un 89% considera que los dispositivos electrónicos pueden ser una herramienta para controlar, coaccionar y amenazar a las víctimas, sobre todo entre los jóvenes.

Reprobación de las conductas de violencia

Así, un 90% considera que la violencia psicológica es igual de condenable que la física y que puede resultar incluso más dañina.

Las actitudes y bromas machistas son el caldo de cultivo de la violencia de género

En cuanto a las actitudes y bromas machistas, caldo de cultivo de la violencia de género, ocho de cada diez encuestados las condena.

El fin del estado de alarma ha incrementado la situaciones y las víctimas de violencia de género

El 59% de los encuestados opina que el fin del estado de alarma ha incrementado las situaciones y las víctimas de violencia de género, porcentaje que asciende hasta el 65% en el caso de las mujeres y el 63% en el caso de los jóvenes.

Hay más casos de violencia de género que antas

Un 42% de los encuestados opina que hay más casos de violencia de género que antes, un porcentaje que en el caso de las mujeres crece hasta el 47% y que es seis puntos mayor que el de 2020. Un porcentaje que se une a otro 45,2% de la población que opina que hay los mismos, pero se conocen o se denuncian más, lo que hace que apenas uno de cada diez españoles (12,7%) considere que los casos se han reducido.

El machismo sigue estando detrás de la violencia de género

El machismo sigue estando detrás de la violencia de género para la mayoría de los encuestados (46,8%), que atribuyen a los maltratadores principalmente características como manipuladores (64,5%), dominantes y agresivos para esconder una baja autoestima (65,2%), además de relacionarlos con personas con problemas con el alcohol y las drogas (42%).

El miedo al agresor se sigue apuntando como el principal motivo para no denunciar

El miedo al agresor se sigue apuntando como el principal motivo para no denunciar para el 80% de las mujeres, seguido de los hijos (para el 58%). La dependencia económica y/o emocional juega un papel importante también en ese rechazo a la denuncia.

Ver informe

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II Macroestudio de Violencia de Género “Tolerancia Cero” https://www.redconsultora.com/tolerancia-cero/ https://www.redconsultora.com/tolerancia-cero/#respond Tue, 16 Nov 2021 17:19:07 +0000 https://www.redconsultora.com/?p=19868 Titulo II Macroestudio de Violencia de Género “Tolerancia Cero”
Autor/Autores
Fundación Mutua Madrileña y Antena 3 Noticias dentro de su iniciativa de sensibilización “Contra el maltrato, Tolerancia Cero”
Categoría de contenidos Violencia de género Categoría del buscador Participación ciudadana Información/conocimientos que se desarrollan y se quieren mejorar
Macroestudio se ha elaborado con las opiniones de 6.159 españoles recogidas en septiembre de 2021. Ofrece una fotografía de la percepción de la población sobre la violencia de género y cómo ha podido variar esta en el último año, marcado por la pandemia y por distintas noticias de violencia vicaria que han sacudido la actualidad.
Instrucciones de uso o funcionamiento Acceso libre al documento

Hacer clic aquí para ver el recurso

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Ciberprotección para las víctimas de violencia de género https://www.redconsultora.com/vgytics-ciberproteccion/ https://www.redconsultora.com/vgytics-ciberproteccion/#respond Wed, 27 Jan 2021 17:24:13 +0000 http://www.redconsultora.com/?p=17870

II Jornada técnica para la mejora de la metodología de la intervención social con perspectiva de género en contextos de desigualdad y violencia contra las mujeres y sus hijos/as.

26 de Enero de 2021
Nuevas versiones de viejas prácticas, mala utilización de la tecnología con las víctimas de violencia de género

La respuesta de las víctimas, no puede ser renunciar a las posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías, que son una forma de comunicación inmejorable, para buscar redes de apoyo y colaboración, buscar empleo o mantener el contacto con la familia.

Para las mujeres víctimas de violencia de género, preservar la información sobre su ubicación y su privacidad, es necesaria para su propia seguridad y la de sus hijos.

No se puede desaparecer de la red tan fácilmente, pero hay formas de minimizar la huella digital, lo que reducirá las posibilidades de que nuestros datos caigan en manos indeseadas.

Se debe tener paciencia. Es un proceso que puede llevar bastante tiempo, al menos unos días.

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Nuevas versiones de viejas prácticas, mala utilización de la tecnología con las víctimas de violencia de género https://www.redconsultora.com/vgytics-nuevas-versiones/ https://www.redconsultora.com/vgytics-nuevas-versiones/#respond Wed, 27 Jan 2021 05:43:39 +0000 http://www.redconsultora.com/?p=17852

II Jornada técnica para la mejora de la metodología de la intervención social con perspectiva de género en contextos de desigualdad y violencia contra las mujeres y sus hijos/as.

26 de Enero de 2021
Nuevas versiones de viejas prácticas, mala utilización de la tecnología con las víctimas de violencia de género

El Acoso predatorio o acecho, en inglés “stalking”, es una clase de acoso psicológico, consistente en el mantenimiento de una conducta reiterada e intencionada de persecución obsesiva respecto de una persona, realizada en contra de su voluntad, y que le crea aprensión o es susceptible de provocarle miedo razonablemente.

El maltratador encuentra en las nuevas tecnologías una nueva realidad de control de sus víctimas, que no suponen una novedad en las conductas de maltrato. En muchos casos, se traslada al mundo físico, porque las mujeres que son víctimas online; son, o puede ser, víctimas offline, y viceversa.

La víctima está expuesta a riesgos los 365 días al año, las 24 horas del día, sin que tenga muchas herramientas para controlarlo o prevenirlo.

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Contexto Violencia de Genero y Nuevas Tecnologías https://www.redconsultora.com/vgytics-contexto/ https://www.redconsultora.com/vgytics-contexto/#respond Mon, 25 Jan 2021 09:30:20 +0000 http://www.redconsultora.com/?p=17818

II Jornada técnica para la mejora de la metodología de la intervención social con perspectiva de género en contextos de desigualdad y violencia contra las mujeres y sus hijos/as.

 

25 de Enero de 2021
Contexto de la violencia contra las mujeres y la tecnología

Vivimos en una sociedad hiperconectada, un mundo móvil, con todo tipo de dispositivos posibles a través de internet, donde se ha producido un cambio de paradigma en las comunicaciones sociales y las relaciones entre la pareja.

La relación de las nuevas tecnologías de la comunicación con las conductas de violencia de género, no solo produce problemas y consecuencias negativas, sino también ventajas en su prevención y buen uso.

La interactividad de la cibercultura no siempre supone un vínculo respetuoso, dado que entre las nuevas posibilidades de enlace, se encuentra también la violencia. La violencia presente en la web puede ser física, psicológica, sexual, económica y social. Todas estas modalidades se presentan en diferentes escenarios que se ven atacados por grupos o individuos, que están manejando ventajosamente el anonimato y la inmediatez de compartir información, además de la comunicación en masa que ofrece la red.

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Guía de actuación para mujeres que estén sufriendo violencia de género en situación de permanencia domiciliaria derivada del estado de alarma por COVID-19 https://www.redconsultora.com/guia-servicios_violenciadegenero/ https://www.redconsultora.com/guia-servicios_violenciadegenero/#respond Wed, 25 Mar 2020 16:36:05 +0000 https://www.redconsultora.com/?p=14755 Un documento que reitera el compromiso de apoyo y asistencia frente a la violencia de género. Se especifican los servicios a todas las mujeres que puedan estar viviendo estas situaciones de violencia de las acciones de prevención y respuesta frente a la violencia de género que siguen en marcha, especialmente si se trata de situaciones de emergencia.

Ver enlace haciendo click aquí

Servicios generales

¿Necesitas información general y asesoramiento, incluyendo asesoría jurídica?

El 016 sigue funcionando con normalidad las 24 horas, todos los días de la semana. Puedes asesorarte sobre los recursos disponibles y los derechos de las víctimas de violencia de género:

Por teléfono: marca 016
Por mail: escribe a 016-online@mscbs.es
24 horas, 365 días al año

  • Si buscas asesoramiento jurídico &gt&gt de 08.00 a 22.00, todos los días de la semana.
  • Este servicio se presta en 52 idiomas y con un servicio adaptado a posibles situaciones de discapacidad &gt&gt Servicio Telesor www.telesor.es Se abrirá en una ventana nueva. ; servicio de videointepretación svisual www.svisual.org Se abrirá en una ventana nueva.

¿Necesitas hablar sobre cómo te encuentras? ¿Necesitas apoyo psicológico inmediato?

Además de buscar el apoyo de familiares y amistades de confianza para que te ayuden en estos momentos difíciles, si necesitas apoyo emocional inmediato ponemos a tu disposición un servicio rápido de vía WhatsApp. Puedes contactar través de los siguientes números:

WhatsApp de apoyo emocional inmediato:
Escribe a: 682916136 / 682508507

¿Estás en una situación de emergencia?

Para situaciones de emergencia, puedes llamar al 112 o a los teléfonos de emergencias de Policía Nacional (091) y de Guardia Civil (062), que siguen prestando servicio. Todos los teléfonos son gratuitos.

Ante una situación de peligro, en caso de que no sea posible realizar una llamada, puedes utilizar la APP ALERTCOPS, desde la que se enviará una señal de alerta a la policía con tu localización.

Por teléfono: Llama al 112 / Llama al 091 (Policía Nacional) / Llama al 062 (Guardia Civil)

Descarga ALERTCOPS Se abrirá en una ventana nueva.

Además de esta información general, a continuación respondemos algunas dudas que te pueden surgir, según la situación en la que te encuentres:

Si vives con el agresor

Si vives con el agresor y necesitas ayuda porque notas que la situación se complica por el aislamiento, incluso que se incrementa la violencia:

¿Te resulta imposible llamar por teléfono a los servicios disponibles y de ayuda habituales?

El servicio 016 dispone de un canal de información y asesoramiento online, habilitado 24 horas, 365 días al año, en el que puedes realizar consultas sobre derechos y recursos, así como recibir asesoramiento jurídico: 016-online@mscbs.es.

No obstante, ante una situación de emergencia, debes llamar al teléfono gratuito de asistencia inmediata 112 para que, de inmediato, acudan las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad correspondientes.

Puedes contactar:

Teléfono: 016 / Mail: 016-online@mscbs.es.

¡IMPORTANTE! Situación de emergencia &gt&gt Llama al 112

¿Tienes miedo por ti y los tuyos? ¿Sientes que estás o estáis en peligro?

Ante una situación de peligro, recuerda:

  • Si tienes posibilidad, abandona el domicilio y pide ayuda para ponerte en contacto con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Recuerda: teléfono 112 (emergencias) 091 (Policía) y 062 (Guardia Civil).¿Te pueden sancionar si sales a la calle por una agresión en el contexto de estado de alarma? En situaciones de peligro o emergencia, siempre que la salida del domicilio esté justificada para dirigirse a cualquiera de los recursos policiales, judiciales o de otro tipo disponibles, no existirá sanción por salir a la calle.
  • Si te ves en peligro y no puedes salir, busca un lugar seguro en el que resguardarte. Si no puedes pedir ayuda tú directamente intenta pedir ayuda a las personas que se puedan encontrar en tu entorno para que contacten con los teléfonos de emergencia o salgan a pedir ayuda o a denunciar la situación. Recuerda que también puedes activar el dispositivo ALERTCOPS Se abrirá en una ventana nueva. .

En una situación de peligro recuerda que lo más importante es tu seguridad y la de los tuyos. Si tienes posibilidad abandona el domicilio y recurre a los servicios que te indicamos para situaciones de emergencia que tienes a tu disposición. Si no puedes salir, busca un lugar seguro en el que resguardarte e intenta pedir ayuda a las personas que se puedan encontrar en tu entorno para que contacten con los teléfonos de emergencia. Recuerda que también puedes activar el dispositivo ALERTCOPS. Se abrirá en una ventana nueva.

¿No puedes permanecer en el domicilio y careces de otro hogar donde poder resguardarte?

Los centros de emergencia y de acogida han sido declarados servicios esenciales (legalmente, son servicios sin los cuales la seguridad, la salud o el bienestar de toda o parte de la comunidad estaría en peligro o se vería seriamente perjudicada), por lo que podrás acudir a ellos si precisas abandonar el domicilio en todas las Comunidades Autónomas. Cuando pidas ayuda de emergencia haz constar la necesidad de alojamiento temporal seguro.

Centros de emergencia y acogida >> Servicios esenciales

Si no vives con el agresor

Si no vives con el agresor pero te molesta, presiona o amenaza por teléfono u otros medios:

¿Tienes necesidad de comunicarte con una asesora jurídica?

El servicio telefónico 016 pone a tu disposición un servicio de asesoramiento jurídico especializado, de 8 a 22 horas, de lunes a domingo. Además, podrás plantear tus dudas a través del servicio 016-online@mscbs.es. También puedes consultar los recursos que ofrecen asesoramiento jurídico en la web del Ministerio de Igualdad Se abrirá en una ventana nueva. .

¿Tienes una orden de protección y está habiendo quebrantamiento?

Si tu maltratador tiene una medida de prohibición de comunicación y aún así te sigue molestando, informa a tu abogado o abogada o al agente policial que lleva el seguimiento de tu caso. No olvides que el quebrantamiento es un delito y como tal puedes denunciarlo ante las autoridades policiales y judiciales.

Guarda en tu dispositivo móvil el registro de sus llamadas o mensajes como prueba del quebrantamiento, ya que cualquier contacto es un delito por contravenir la prohibición de comunicación.

¡¡¡ La actividad tanto de los cuerpos policiales como judiciales no está suspendida para estos casos de violencia contra la mujer.!!!

¿Tienes el servicio de ATENPRO y te preocupa si el servicio se prestará con normalidad?

Si eres usuaria del servicio ATENPRO, estate tranquila, el servicio continúa operando con normalidad durante todo este periodo, y te puede ayudar en cualquier momento del día.

¿Quieres acceder al servicio ATENPRO y tienes dudas de que puedas solicitarlo durante el ´estado de alarma´?

Las altas para el servicio ATENPRO se siguen tramitando con normalidad a través de los cauces habituales.

  • Si tienes dudas sobre el funcionamiento de los servicios de asistencia a los que sueles acudir de forma presencial o sobre las prestaciones económicas.

¿Llevas tiempo acudiendo a un recurso especializado o a tu asociación, pero no sabes si tus profesionales de referencia te van a seguir atendiendo, y tienes necesidad de comunicarte con la psicóloga, la abogada o la trabajadora social que te atendía habitualmente?

Al ser declarados servicios esenciales, todas las CCAA y los servicios municipales especializados mantienen servicios de guardia para la asistencia a víctimas de violencia de género. Te aconsejamos que consultes sus páginas web o llames al teléfono que tenías de referencia. Igualmente puedes consultar en las webs y teléfonos de las asociaciones a las que acudes para recibir información sobre los servicios que continúan activos.

¿Estás percibiendo la Renta Activa de Inserción y tenías cita en el SEPE?

Si te han citado en el SEPE, no te preocupes. Con motivo de la crisis originada por COVID-19, han dejado sin efecto todas las citaciones. Se pondrán en contacto contigo cuando finalice la situación extraordinaria.

¿Habías solicitado cita con el SEPE para tramitar la RAI y no sabes si sigue efectivo el trámite?

Se ha suspendido la atención presencial en las oficinas para contribuir a frenar la expansión del COVID-19, así que no podrán atenderte de forma presencial. Si la cita era para presentar tu solicitud, puedes hacerlo a través de su sede electrónica Se abrirá en una ventana nueva. .

¿Se suspenderá la prestación económica que percibes como víctima de violencia de género?

NO, no se suspenderá, puedes estar tranquila. Durante la situación excepcional, el pago de la prestación únicamente cesará si se produce el agotamiento del derecho, por haber percibido toda su duración.

Si tienes hijos y/o hijas en común

Si tienes hijos o hijas comunes con el agresor y tienes dudas sobre la gestión del régimen de estancia y visitas:

Si tengo la custodia, ¿puedo pedir la suspensión cautelar de las visitas con motivo del estado de alarma´?

Sí. El Acuerdo del Consejo General del Poder Judicial de 13 de marzo de 2020 prevé la posibilidad de que el juzgado de familia competente acuerde la suspensión cautelar de las visitas durante el ´estado de alarma´, valorando el riesgo de contagio derivado de la movilidad del niño o la niña.

Se recomienda:

  1. Que tu abogado o abogada remita a la del progenitor no custodio una copia del escrito presentado en el juzgado.
  2. 2) que en ese escrito se pida expresamente al juzgado que, a causa del estado de alarma y el riesgo para la salud, mientras no haya respuesta judicial, se de por suspendido el régimen de visitas hasta que finalice el estado de alarma.
  3. 3) Prever la propuesta de compensación de los días de visitas que no hayan sido disfrutados por el otro progenitor.

Mientras no obtenga esa resolución judicial ¿cuál es el domicilio legal donde debe estar el o la menor durante el estado de alarma?

El domicilio de las hijas e hijos menores de edad por regla general es del padre o madre que tiene la guarda y custodia. En la situación de alerta por COVID 19 todas las personas deben permanecer en sus domicilios y salir solo para realizar las actividades excepcionales que especifica el Decreto de estado de alarma.

En estado de alarma ¿las personas menores de edad deben regresar a su residencia habitual?

Sí, si algún o alguna menor se encuentra fuera del domicilio del progenitor custodio, una de las excepciones de desplazamiento justificadas en el Decreto de estado de alarma es el “retorno al lugar de residencia habitual”. Se considera como tal una sola vez, y con la prevención de evitar viajes que no sean imprescindibles.

Dicho retorno debería realizarse con normalidad a la finalización de la visita que se estuviera realizando en ese momento. En principio, no existe ningún obstáculo legal para que el niño o la niña vuelva a su domicilio en la forma que esté determinada por acuerdo entre los progenitores o por resolución judicial.

¿Y si no hay retorno al domicilio habitual?

Si el o la menor se encuentra con el padre o madre que no tiene la custodia, se aconseja que el abogado o abogada del progenitor custodio se dirija al abogado o abogada del no custodio para pedir la entrega del menor en el lugar de “su residencia habitual”, como dispone el Decreto de estado de alarma, indicando que es en “interés del menor”. Si aún así no se produce el retorno, se podrá instar al juzgado competente a que acuerde la devolución del menor o la menor a su “residencia habitual” para cumplir la orden de restricción de libertad de movimientos. Se recomienda informar al juzgado de la comunicación enviada y de la respuesta dada por la persona que no tiene la custodia.

Fuera del retorno al domicilio habitual ¿Está justificado que el progenitor custodio y las hijas e hijos salgan de ese domicilio para cumplir el régimen de visitas ordinario establecido por resolución judicial?

El Decreto sobre el estado de alarma no prevé esa excepción a la regla general de permanecer en casa. Por eso, se recomienda actuar como se ha indicado en las preguntas 1 y 2.

¿Y en caso de custodia compartida?

En estos casos no hay un solo domicilio habitual sino dos. Dada la situación de riesgo que supone el traslado de las hijas o hijos menores de edad de un domicilio a otro y las limitaciones vigentes a la libertad de circulación, se aconseja que en estos casos permanezcan en el domicilio del progenitor en el que se encontrasen cuando se declaró el estado de alarma o, si ha habido ya cambios, en el último domicilio. Debe por supuesto comunicarse al otro progenitor y prever la compensación de días una vez finalizado el estado de alarma, bien de mutuo acuerdo o por resolución judicial.

¿Y si las visitas o las entregas, son en un Punto de Encuentro Familiar (PEF)?

Llevar a los hijos o hijas al PEF se considera desaconsejable. No hay previsión de su uso en este periodo excepcional. De hecho son muchos los puntos de encuentro en el país que no están abiertos ante la declaración del ´estado de alarma´. La suspensión de los derechos de comunicación generados por esta situación podrán ser compensados como se explica en las respuestas anteriores, de mutuo acuerdo o por resolución judicial. Al tratarse de una suspensión de visitas, de aconseja actuar como se indica en la pregunta 1.

¿Me pueden denunciar por incumplir las visitas aunque estemos en estado de alarma?

Sí, te pueden denunciar. No se puede adelantar la valoración judicial de cada caso, si se considerará el estado de alarma impedimento insuperable para el cumplimiento y por tanto se estimará justificada la suspensión temporal de las visitas, o no. La resolución judicial valorará siempre la buena fe y el interés superior del menor en las circunstancias concurrentes.

¿Esta guía es una ley?

No. Si se dicta alguna norma que contradiga esta guía, hay que cumplirla. Y se actualizará este texto. Y por supuesto, si se recibe alguna notificación o requerimiento judicial individualizado que contradiga estos consejos generales, son de cumplimiento prioritario.

En cualquier caso, todos estos consejos generales no sustituyen ni a los de tu abogada o abogado ni a una resolución judicial. Y en la situación actual de alerta por epidemia, has de seguir todas las recomendaciones de las autoridades.

 

 

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Información accesible para víctimas de violencia machista con discapacidad https://www.redconsultora.com/informacion-accesible-para-victimas-de-violencia-machista-con-discapacidad/ https://www.redconsultora.com/informacion-accesible-para-victimas-de-violencia-machista-con-discapacidad/#respond Thu, 16 Feb 2017 06:57:40 +0000 http://www.redconsultora.com/?p=8149 https://www.redconsultora.com/informacion-accesible-para-victimas-de-violencia-machista-con-discapacidad/feed/ 0