{"id":16135,"date":"2020-05-18T16:19:02","date_gmt":"2020-05-18T16:19:02","guid":{"rendered":"https:\/\/www.redconsultora.com\/?p=16135"},"modified":"2020-05-20T11:04:50","modified_gmt":"2020-05-20T11:04:50","slug":"contingencias-retorno","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.redconsultora.com\/contingencias-retorno\/","title":{"rendered":"PLAN DE CONTINGENCIAS PARA EL RETORNO A LOS CENTROS DE TRABAJO en el periodo de crisis COVID-19"},"content":{"rendered":"
La reanudaci\u00f3n de la actividad se guiar\u00e1 por el principio de minimizaci\u00f3n del riesgo.<\/p>\n
Como indica la propia normativa de urgencia elaborada con ocasi\u00f3n del COVID-19 el teletrabajo debe implantarse, y mantenerse all\u00ed donde sea posible, mientras dure esta crisis. Se mantendr\u00e1 el teletrabajo en aquellos puestos en los que sea posible para evitar desplazamientos y contactos, y las reuniones deber\u00e1n realizarse por medios telem\u00e1ticos, en los casos en los que sea posible, hasta el control del virus. La empresa garantiza el derecho a la desconexi\u00f3n digital de los trabajadores\/as que desempe\u00f1en su labor mediante el teletrabajo.<\/p>\n
De forma general, las medidas higi\u00e9nicas son responsabilidad del titular del centro de trabajo. En el caso que las instalaciones sean titularidad de REDconsultora:<\/p>\n
La disposici\u00f3n de los puestos de trabajo, la organizaci\u00f3n de la circulaci\u00f3n de personas y la distribuci\u00f3n de espacios (mobiliario, estanter\u00edas, pasillos, etc.), en el centro de trabajo debe modificarse, en la medida de lo posible, con el objetivo de garantizar el mantenimiento de la distancia de seguridad de 2 metros.<\/p>\n
La persona trabajadora que desarrolle su actividad en un centro d\u00f3nde concurran personas de otras empresas y personal propio de la administraci\u00f3n, entender\u00e1 a este criterio seg\u00fan establezcan los responsables del centro.<\/p>\n
En caso de imposibilidad, deber\u00e1n tomarse las medidas de protecci\u00f3n necesarias para obviar el contagio por contacto. En todo caso, se debe atender a las normas de uso de las instalaciones en los espacios compartidos para mantener la distancia de seguridad; por ejemplo, en ascensores, accesos y zonas comunes, salas de reuniones, etc.<\/p>\n
Se mantiene la obligaci\u00f3n para las empresas de evaluar el riesgo de exposici\u00f3n, siguiendo las recomendaciones del servicio de prevenci\u00f3n y autoridades sanitarias. Como novedad, se especifica que esta evaluaci\u00f3n debe realizarse por tarea y no en general para toda la actividad; de tal forma que el riesgo de exposici\u00f3n, y por tanto las medidas de protecci\u00f3n pueden ser distintas en funci\u00f3n del puesto de trabajo.<\/p>\n
Se adaptar\u00e1 la evaluaci\u00f3n al nuevo riesgo en cada puesto de trabajo, identificando el riesgo de exposici\u00f3n al virus de las diferentes actividades que se desarrollan en el centro de trabajo. De su resultado se obtendr\u00e1 la necesidad del establecimiento de qu\u00e9 medidas, superiores y o correctoras de estas, se han de establecer. Para ello, se contar\u00e1 con la participaci\u00f3n de las personas trabajadoras.<\/p>\n
Seg\u00fan la Ley de Prevenci\u00f3n de Riesgos Laborales, \u00e9sta ser\u00e1 actualizada cuando cambien las condiciones de trabajo; y, en todo caso, se someter\u00e1 a consideraci\u00f3n y se revisar\u00e1, si fuera necesario, con ocasi\u00f3n de los da\u00f1os para la salud que se hayan producido. Esta adaptaci\u00f3n es esencial y obligada normativamente, puesto que cada puesto de trabajo se va a ver afectado por un riesgo nuevo, el contagio con el COVID-19.<\/p>\n
El Servicio de Prevenci\u00f3n propio efectuar\u00e1 tal evaluaci\u00f3n de riesgos.<\/p>\n
Las personas trabajadoras de REDconsultora ser\u00e1n informadas y consultadas de la adecuaci\u00f3n, as\u00ed como del desarrollo del proceso de evaluaci\u00f3n. En base a esta evaluaci\u00f3n de riesgos, se prever\u00e1n las medidas preventivas y de protecci\u00f3n para cada puesto concreto, por lo que la evaluaci\u00f3n debe cubrir el espectro m\u00e1s amplio posible de riesgos derivados de la nueva situaci\u00f3n, en funci\u00f3n las particularidades de cada puesto de trabajo.<\/p>\n
La evaluaci\u00f3n no se efectuar\u00e1n tan solo teniendo en cuenta las condiciones de los puestos de trabajo sino tambi\u00e9n las condiciones psicof\u00edsicas, de salud, de las personas que los ocupan. Los grupos especialmente sensibles frente a la COVID-19 deben reincorporarse en \u00faltimo lugar, cuando tengan el riesgo controlado, debiendo reflejarse ese criterio en la evaluaci\u00f3n de riesgos.<\/p>\n
La evaluaci\u00f3n se realizar\u00e1 dentro de los par\u00e1metros normativos establecidos entre otros, por el art. 25 de la Ley de Prevenci\u00f3n de Riesgos Laborales respecto a los trabajadores especialmente sensibles.<\/p>\n
Los grupos vulnerables para COVID-19, definidos por el Ministerio de Sanidad son: las personas con diabetes, enfermedad cardiovascular, incluida hipertensi\u00f3n, enfermedad hep\u00e1tica cr\u00f3nica, enfermedad pulmonar cr\u00f3nica, enfermedad renal cr\u00f3nica, inmunodeficiencia, c\u00e1ncer en fase de tratamiento activo, embarazo y mayores de 60 a\u00f1os. Respecto de los mismos, es especialmente importante la resoluci\u00f3n del Servicio Nacional de Salud en cuanto a su posible aislamiento.<\/p>\n
De acuerdo con la normativa de riesgos laborales, se informar\u00e1 a las personas trabajadoras de forma fehaciente, actualizada y habitual de las recomendaciones sanitarias que deben seguir de forma individual.<\/p>\n
Prevalecer\u00e1n a estas medidas las consideraciones establecidas por el Ministerio de Sanidad, que ser\u00e1n informadas a las personas trabajadoras especificando las fuentes oportunas.<\/p>\n
La empresa estar\u00e1 al d\u00eda de las \u00faltimas normativas, informaciones y noticias, para implementar las medidas que sean necesarias de manera \u00e1gil y mantendr\u00e1 en todo momento informadas a las personas trabajadoras.<\/p>\n
Los equipos de protecci\u00f3n individual ser\u00e1n adecuados a las actividades y trabajos a desarrollar.<\/p>\n
La organizaci\u00f3n es responsable de:<\/p>\n
Cuando en el centro de trabajo concurran personas trabajadoras de otras empresas, bien de forma espor\u00e1dica o puntual, bien de forma continuada, se establecen reglas de coordinaci\u00f3n que vayan en la l\u00ednea de las recomendaciones que vamos a se\u00f1alar.<\/p>\n
En este caso, se estar\u00e1 a lo dispuesto en Real Decreto 171\/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el art\u00edculo 24 de la Ley 31\/1995, de 8 de noviembre, de Prevenci\u00f3n de Riesgos Laborales, en materia de coordinaci\u00f3n de actividades empresariales, en funci\u00f3n del nuevo riesgo al que todo el conjunto de personas trabajadoras est\u00e1 expuesto. La organizaci\u00f3n fomentar\u00e1 la comunicaci\u00f3n entre las distintas empresas concurrentes para evitar contagios y tomar las medidas preventivas de forma coordinada, con el fin de garantizar la seguridad y salud de las personas trabajadoras.<\/p>\n
Las diferentes administraciones, titulares de los centros, deber\u00e1n tomar las medidas necesarias (informaci\u00f3n, instrucciones, control y vigilancia) para evitar el contacto dentro del centro de trabajo.<\/p>\n
En funci\u00f3n a las medidas y protocolos establecidos por las autoridades y los responsables de los centros de trabajo, se podr\u00e1 dar una reincorporaci\u00f3n paulatina a los centros de trabajo, en funci\u00f3n de las actuaciones y tareas a realizar.<\/p>\n
En este sentido, se podr\u00eda establecer una disposici\u00f3n de las actuaciones del servicio a nivel individual de forma presencial, cuando se dieran las circunstancias oportunas, manteniendo el resto de las actuaciones en situaci\u00f3n de teletrabajo.<\/p>\n
Para la actuaci\u00f3n presencial a nivel individual, se habr\u00e1 de considerar:<\/p>\n
Si se presentan s\u00edntomas (tos, fiebre, dificultad al respirar, etc.) que pudieran estar asociados con el COVID-19, no se acude al centro de trabajo y hay que contactar con el tel\u00e9fono de atenci\u00f3n al COVID-19 o con el centro de salud de atenci\u00f3n primaria y seguir sus instrucciones. No hay que acudir al \u00a0puesto de trabajo hasta que se confirme que no hay riesgo para la persona trabajadora o para los dem\u00e1s.<\/p>\n
Si se ha estado en contacto estrecho (convivientes, familiares y personas que hayan estado en el mismo lugar que un caso, mientras el caso presentaba s\u00edntomas a una distancia menor de 2 metros durante un tiempo de al menos 15 minutos) o se ha compartido espacio sin guardar la distancia interpersonal con una persona afectada por el COVID-19, tampoco hay que acudir al puesto de trabajo, incluso en ausencia de s\u00edntomas, por un espacio de al menos 14 d\u00edas. Durante ese periodo hay que realizar un seguimiento por si aparecen signos de la enfermedad.<\/p>\n
Si se es vulnerable por edad, por estar embarazada o por padecer afecciones m\u00e9dicas anteriores (como, por ejemplo, hipertensi\u00f3n arterial, enfermedades cardiovasculares, diabetes, enfermedades pulmonares cr\u00f3nicas, c\u00e1ncer o inmunodepresi\u00f3n) no se tendr\u00e1 que acudir al centro de trabajo. En caso de que no se puedan realizar tareas a distancia, hay que contactar con el m\u00e9dico para que acredite, en su caso, que efectivamente hay que permanecer en una situaci\u00f3n de aislamiento a efectos laborales y, si as\u00ed fuese, se considerar\u00e1 una situaci\u00f3n asimilada a accidente de trabajo para la prestaci\u00f3n econ\u00f3mica de incapacidad temporal.<\/p>\n
Priorizar las opciones de movilidad que mejor garanticen la distancia interpersonal de aproximadamente 2 metros. Es preferible en esta situaci\u00f3n el transporte individual.<\/p>\n
Si se desplaza al trabajo andando, en bicicleta o moto:<\/p>\n
Si se usa un turismo:<\/p>\n
Si se coge un taxi o un VTC:<\/p>\n
En los viajes en autob\u00fas, en transporte p\u00fablico, metro o tren:<\/p>\n
Si fuera necesario, se debe organizar la entrada al trabajo de forma escalonada para evitar aglomeraciones en el transporte p\u00fablico y en la entrada a los centros de trabajo.<\/p>\n
No obstante, los desplazamientos para ir al lugar de trabajo deber\u00e1n realizarse siguiendo las recomendaciones del Ministerio de Transportes. De este ministerio depende que se modifiquen las medidas establecidas por la empresa.<\/p>\n
La empresa facilitar\u00e1 equipos de protecci\u00f3n individual a aquellas personas trabajadoras que se desplacen hasta su centro de trabajo mediante el transporte p\u00fablico, por no estar garantizado el cumplimiento de las distancias de seguridad.<\/p>\n
La empresa escalonar\u00e1 los horarios lo m\u00e1ximo posible si el espacio de trabajo no permite mantener la distancia interpersonal en los turnos ordinarios, contemplando posibilidades de redistribuci\u00f3n de tareas y\/o teletrabajo.<\/p>\n
En los centros d\u00f3nde existan turnos de trabajo se establece un periodo de esparcimiento para evitar el no mantenimiento de la distancia de seguridad en la entrada y salida<\/p>\n
La disposici\u00f3n de los puestos de trabajo, la organizaci\u00f3n de la circulaci\u00f3n de personas y la distribuci\u00f3n de espacios (mobiliario, estanter\u00edas, pasillos, etc.), en el centro de trabajo modificar\u00e1n tantas veces como la situaci\u00f3n lo requiera.<\/p>\n
Las tareas y procesos laborales deben planificarse para que las personas trabajadoras puedan mantener la distancia interpersonal de aproximadamente 2 metros, tanto en la entrada y salida al centro de trabajo como durante la permanencia en el mismo.<\/p>\n
La reincorporaci\u00f3n a la normalidad de aquellas actividades que comporten riesgo de aglomeraci\u00f3n debe producirse en \u00faltimo lugar. En todo caso, no se realizar\u00e1n de actividades que impliquen aglomeraciones de personas.<\/p>\n
Ante el contagio de una persona trabajadora por COVID-19, deben estar previstas las medidas necesarias subsiguientes:<\/p>\n
En los centros de trabajo d\u00f3nde concurran trabajadores de diferentes empresas ser\u00e1 la empresa o en su defecto, la persona trabajadora, la que recabar\u00e1 informaci\u00f3n sobre las medidas que el titular del centro haya establecido en el centro de trabajo.<\/p>\n
En caso de que alg\u00fan trabajador o trabajadora sintiera posibles s\u00edntomas:<\/p>\n
Si una persona trabajadora resultara positivo en COVID-19:<\/p>\n
A tales efectos, la persona trabajadora mantendr\u00e1 un registro diario con las personas del \u00e1mbito laboral o personas usuarias con las que se ha estado en contacto, que har\u00e1 llegar a la direcci\u00f3n de la empresa en los tiempos y forma que se fijen.<\/p>\n
Si una persona trabajadora presenta s\u00edntomas de infecci\u00f3n por COVID-19, pero no es un caso confirmado, deber\u00e1:<\/p>\n
Pueden establecerse planes de continuidad de la actividad ante un aumento de las bajas laborales del personal o en un escenario de incremento del riesgo de transmisi\u00f3n en el lugar de trabajo. Se pueden contemplar posibilidades de redistribuci\u00f3n de tareas y\/o teletrabajo, como ya se ha realizado, para evitar contactos y desplazamientos.<\/p>\n
Facilitar el trabajo al personal de limpieza cuando se abandone el puesto, despejando lo m\u00e1ximo posible.<\/p>\n
Limpiar el \u00e1rea de trabajo usada por un empleado en cada cambio de turno.<\/p>\n
Realizar tareas de ventilaci\u00f3n peri\u00f3dica en las instalaciones; y, como m\u00ednimo, de forma diaria y por espacio de cinco minutos.<\/p>\n
Tirar cualquier desecho de higiene personal -especialmente, los pa\u00f1uelos desechables- de forma inmediata a las papeleras o contenedores habilitados.<\/p>\n
En el caso que las instalaciones sean titularidad de la organizaci\u00f3n:<\/p>\n
La organizaci\u00f3n es responsable de proveer un aprovisionamiento suficiente del material de limpieza para poder acometer las tareas de higienizaci\u00f3n reforzada a diario. Entre ellos lej\u00eda y productos autorizados por el Ministerio de Sanidad para desinfectar.<\/p>\n
La gesti\u00f3n de los residuos ordinarios continuar\u00e1 realiz\u00e1ndose del modo habitual, respetando los protocolos de separaci\u00f3n de residuos.<\/p>\n
Se recomienda que los pa\u00f1uelos desechables que las personas trabajadoras empleen para el secado de manos o para el cumplimiento de la \u201cetiqueta respiratoria\u201d sean desechados en papeleras o contenedores protegidos con tapa y, a ser posible, accionados por pedal.<\/p>\n
Todo material de higiene personal (mascarillas, guantes de l\u00e1tex, etc.) debe depositarse en la fracci\u00f3n resto (agrupaci\u00f3n de residuos de origen dom\u00e9stico que se obtiene una vez efectuadas las recogidas separadas).<\/p>\n
En caso de que un trabajador presente s\u00edntomas mientras se encuentre en su puesto de trabajo, ser\u00e1 preciso aislar el contenedor donde haya depositado pa\u00f1uelos u otros productos usados. Esa bolsa de basura deber\u00e1 ser extra\u00edda y colocada en una segunda bolsa de basura, con cierre, para su dep\u00f3sito en la fracci\u00f3n resto.<\/p>\n
No utilizar equipos y dispositivos de otras personas trabajadoras. En caso de que sea necesario, aumentar las medidas de precauci\u00f3n y desinfectar antes de usarlo. Si no es posible, lavarse las manos inmediatamente despu\u00e9s de haberlos usado.<\/p>\n
En el caso que existan dispensadores de agua manual se proh\u00edbe su uso, de igual manera el uso de cafeteras, calentadores de agua, o uso de menaje com\u00fan es espacios para el descanso de personal.<\/p>\n
Usar alfombrillas desinfectantes a la entrada del centro de trabajo si la direcci\u00f3n del centro lo ha establecido.<\/p>\n
Evitar el saludo con contacto f\u00edsico, incluido el dar la mano.<\/p>\n
Mantener la distancia interpersonal (aproximadamente 2 metros).<\/p>\n
La persona trabajadora de REDconsultora colaborar\u00e1 con la entidad titular del centro de trabajo en las siguientes consideraciones:<\/p>\n
Se adoptar\u00e1n medidas para evitar el contacto con superficies que puedan estar contaminadas (por ejemplo: mantener las puertas abiertas para evitar contacto con pomos, manillas, etc.).<\/p>\n
Se recomienda promover las reuniones por tel\u00e9fono o videoconferencia, especialmente si el centro de trabajo no cuenta con espacios donde los trabajadores puedan respetar la distancia interpersonal.<\/p>\n
Evitar tocar los ojos, la nariz o la boca.<\/p>\n
Lavar frecuentemente las manos con agua y jab\u00f3n, o con una soluci\u00f3n hidroalcoh\u00f3lica:<\/p>\n
Tratar de que cada lavado dure al menos 40 segundos.<\/p>\n
Cubrir la nariz y la boca con un pa\u00f1uelo desechable al toser y estornudar, y desecharlo a continuaci\u00f3n a un cubo de basura que cuente con cierre. Si no se dispone de pa\u00f1uelos, emplear la parte interna del codo para no contaminar las manos.<\/p>\n
No es imprescindible usar mascarilla durante la jornada laboral si la nueva evaluaci\u00f3n del riesgo de la tarea no lo requiere. Bastar\u00e1 con mantener la distancia interpersonal, no obstante la empresa facilitar\u00e1 equipos de protecci\u00f3n individual cuando los riesgos no puedan evitarse o no puedan limitarse suficientemente por medios t\u00e9cnicos de protecci\u00f3n colectiva o mediante medidas o procedimientos de organizaci\u00f3n del trabajo.<\/p>\n
La empresa y personas trabajadoras, consensuar\u00e1n estas medidas para minimizar el contacto entre las personas trabajadoras y las personas usuarias.<\/p>\n
No obstante, el uso de mascarillas deber\u00e1 realizarse siguiendo las recomendaciones del Ministerio de Sanidad.<\/p>\n
Se recomienda evitar desplazamientos de trabajo que no sean esenciales y que puedan solventarse mediante llamada o videoconferencia.<\/p>\n
Cuidar las distancias y las medidas de prevenci\u00f3n de contagios e higiene en el hogar, m\u00e1xime si conviven con personas de grupos de riesgo.<\/p>\n
El Ministerio de Sanidad recomienda cumplir estrictamente lo establecido en una gu\u00eda, que contiene un recordatorio de las principales obligaciones previstas en la normativa vigente, junto a sugerencias que son igualmente importantes para prevenir los contagios y luchar as\u00ed contra el COVID-19. Ver haciendo click aqu\u00ed<\/a><\/p>\n