{"id":14322,"date":"2019-07-01T12:25:18","date_gmt":"2019-07-01T12:25:18","guid":{"rendered":"https:\/\/www.redconsultora.com\/?p=14322"},"modified":"2020-03-02T15:00:15","modified_gmt":"2020-03-02T15:00:15","slug":"criterios-en-materia-de-registro-de-jornada","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.redconsultora.com\/criterios-en-materia-de-registro-de-jornada\/","title":{"rendered":"[Comunicado] Criterios en materia de registro de jornada"},"content":{"rendered":"

Obligatoriedad del registro<\/b><\/strong><\/p>\n

La empresa garantizar\u00e1 el registro diario de la jornada y la garant\u00eda implica una obligaci\u00f3n de resultado por parte de la empresa y las personas trabajadoras.<\/p>\n

El registro se establece, sin perjuicio, de la flexibilidad horaria que pueda existir, es decir, considerando todas las posibilidades que permite el ordenamiento jur\u00eddico en materia de distribuci\u00f3n de tiempo de trabajo.<\/p>\n

Contenido del registro de jornada<\/b><\/strong><\/p>\n

En el registro se recoge\u00a0el inicio y finalizaci\u00f3n de la jornada de trabajo diaria de cada una de las personas trabajadoras.<\/p>\n

El registro ha de ofrecer una visi\u00f3n adecuada y completa del tiempo de trabajo efectivo. De no ser as\u00ed, se presumir\u00e1 que todo lo que transcurre entre el inicio y fin de la jornada, es tiempo efectivo de trabajo, y ser\u00e1 el empresario el que deba acreditar lo contrario, por tanto:<\/p>\n