Intranet | REDconsultora https://www.redconsultora.com Investigación, formación, tutorización y acompañamiento, cooperación Mon, 03 Jan 2022 18:43:12 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.4.3 II Macroestudio de Violencia de Género “Tolerancia Cero” https://www.redconsultora.com/tolerancia-cero/ https://www.redconsultora.com/tolerancia-cero/#respond Tue, 16 Nov 2021 17:19:07 +0000 https://www.redconsultora.com/?p=19868 Titulo II Macroestudio de Violencia de Género “Tolerancia Cero”
Autor/Autores
Fundación Mutua Madrileña y Antena 3 Noticias dentro de su iniciativa de sensibilización “Contra el maltrato, Tolerancia Cero”
Categoría de contenidos Violencia de género Categoría del buscador Participación ciudadana Información/conocimientos que se desarrollan y se quieren mejorar
Macroestudio se ha elaborado con las opiniones de 6.159 españoles recogidas en septiembre de 2021. Ofrece una fotografía de la percepción de la población sobre la violencia de género y cómo ha podido variar esta en el último año, marcado por la pandemia y por distintas noticias de violencia vicaria que han sacudido la actualidad.
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COMUNICADO 2020/4, 28 de Mayo de 2020. Régimen de vacaciones para 2020 https://www.redconsultora.com/vacaciones-2020/ https://www.redconsultora.com/vacaciones-2020/#respond Thu, 28 May 2020 10:22:00 +0000 http://www.redconsultora.com/?p=16182 El régimen de vacaciones para 2020 queda modificado y se justifica el incumplimiento de solicitud de tres meses de antelación respecto a la fecha de inicio del posible disfrute, así como que su consolidación haya de ser conocida con dos meses de antelación al inicio del posible disfrute.

Días de vacaciones

Son 23 días laborables de vacaciones por año trabajado o la parte proporcional que corresponda en función del tiempo trabajado.

En el caso de contratos de duración determinada o indefinida a tiempo parcial, las vacaciones anuales comprenderán en cómputo de horas las que correspondan a la jornada diaria del trabajador o trabajadora por el número de días a que tenga derecho.

Periodos de disfrute

Habrá hasta dos períodos de disfrute a elección de la persona trabajadora.

Se puede optar por el fraccionamiento en tres períodos con autorización expresa de la dirección, salvo cuando se trate de servicios o proyectos que tengan establecido una fecha de cierre por vacaciones.

Con el fin de garantizar el descanso de la persona trabajadora, especialmente en la situación de crisis COVID-19, las vacaciones han de coincidir en periodo estival, comprendido entre el 1 de junio y 30 de septiembre, 10 días laborables continuados.

La dirección podrá excluir como periodo vacacional aquel en que se produzcan puntas o mayor carga de trabajo, previa información a los responsables municipales del servicio.

Aquellos servicios o proyectos con más de una persona en el equipo no podrán coincidir en los periodos vacacionales elegidos.

Autorización de las fechas

Con anterioridad al 15 de Junio de 2020

Excepciones

Se excluyen de este régimen los trabajadores en situación de ERTE.

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Sociedad Digital en España 2019 https://www.redconsultora.com/sociedad-digital/ https://www.redconsultora.com/sociedad-digital/#respond Thu, 21 May 2020 11:41:45 +0000 http://www.redconsultora.com/?p=16166

#sdiE19: La digitalización de las PYMES y la formación digital, claves para reactivar la economía y generar empleo tras la covid-19

Fundación telefónica presenta ‘Sociedad Digital en España 2019’, el informe que recoge los indicadores y las principales tendencias que conforman el grado de evolución de la transformación digital de nuestro país.

El informe ‘Sociedad Digital en España 2019’ dibuja una panorámica que refleja el estado de despliegue de las infraestructuras de telecomunicaciones, el nivel de implementación de las tecnologías más vanguardistas, el estado del arte de la vida digital de los españoles, y el grado de desarrollo en este campo que presentan las Comunidades Autónomas.

España se encuentra inmersa en la cuarta revolución basada en la digitalización y en los datos. Una transición digital que aunque presenta retos e incertidumbres, también tiene efectos muy positivos y ofrece, a su vez, grandes oportunidades. Sin ir más lejos, la presente crisis de la covid-19 nos ha obligado a repensar de la noche a la mañana la manera de vivir, estudiar, trabajar y disfrutar, y aquí la elevada digitalización de España ha hecho que la adaptación haya sido rápida y ha permitido la continuidad de muchas actividades esenciales.

En cualquier caso, para acometer esta transformación digital, según el informe de ‘La Sociedad Digital en España 2019‘, editado por Fundación Telefónica, es necesaria una aceleración de la digitalización de la industria, sobre todo de las PYMES y los Autónomos, y una mayor formación digital de los españoles. Estos dos factores son clave para reactivar la economía tras la covid-19 y generar empleo.

 

Algunas cuestiones que invitan a la reflexión:

En una sociedad en la que la digitalización de todas las actividades cotidianas crece de forma imparable, la falta de capacitación digital puede llegar a convertirse en un factor de exclusión social. Esta situación se agrava si la empleabilidad de las personas depende cada vez más de su nivel de capacitación digital.

Ahora más que nuca, la competencia digital se presenta como una oportunidad ante esta crisis de la covid-19. Se trata de otro factor clave para reactivar la economía.

En nuestro país poco más de la mitad de las personas entre 16 y 74 años poseen capacidades digitales básicas. A pesar de estos bajos niveles, la tendencia parece positiva y los usuarios con capacidades digitales avanzadas han pasado del 32% de la población en 2017 al 36,1% en 2019. También aumentan los usuarios con capacidades digitales básicas (del 28% al 32%), fundamentalmente por la incorporación de nuevos usuarios de internet.

La falta de habilidades digitales es una de las principales causas que limitan el uso de diferentes servicios digitales: El 14,5% de la población no compra en internet por falta de habilidades o conocimientos.

La Inteligencia Artificial fue la tecnología digital más revolucionaria, el ocio digital fue el sector puntero en el crecimiento del uso de internet, un sector que probablemente se ha incrementado durante el confinamiento de la covid-19 junto al teletrabajo o la formación en remoto, entre otras.

El ocio digital fue el sector puntero en el crecimiento del uso de internet, y se ha incrementado durante el confinamiento de la covid-19.

En 2019, el acceso a la música y multimedia, dos contenidos estrechamente vinculados al ocio digital, se situaban a la cabeza de actividades realizadas por internet. El 63,1% de los usuarios escuchaba música, programas de radio online o pódcasts, y el 51,9% veía contenido multimedia.

En el sector audiovisual una de las tendencias más relevantes fue el crecimiento espectacular de los abonados a la televisión de pago: a principios de 2019 había en España cerca de siete millones de abonados a la televisión de pago en sus distintas modalidades (datos de la CNMC), lo que supone un crecimiento en torno al 25% desde 2015.

Otro ámbito relevante en nuestra vida digital fue el videojuego con una sólida actividad de negocio, cuya facturación en 2018 ascendió a 530 millones de euros, un 12% más que el año anterior. Durante ese mismo periodo, el cine facturó 585 millones o la música grabada registró 237 millones. España, que se erigió como uno de los países europeos en los que los eSports generó más pasiones: un 23% de usuarios los consumían de forma regular frente a naciones como Austria y Suiza, que presenaron unas cifras del 6% y el 7%, respectivamente.

La sociedad española es cada vez más digital, pero ello suscita, a su vez, dudas y preocupaciones sobre el uso que se hace de la tecnología. Fenómenos como los ciberdelitos, la proliferación de las fake news y el deep fake o problemas asociados a la privacidad nos hacen vulnerables y suponen riesgos asociados a la digitalización que hay que combatir y eliminarlos.

Casi el 41% de los internautas considera que los problemas de seguridad limitan de manera importante la utilización de nuevos servicios.

En España, de acuerdo con el ONTSI, el nivel de confianza en Internet se ha mantenido constante en los últimos años: en torno al 42% de los internautas declaran tener mucha o bastante confianza en internet.

Únicamente el 20,7% de los usuarios de Internet muestra mucha o bastante confianza dando información personal por e-mail o mensajería instantánea, porcentaje que sube al 29,8% en el caso del alta en servicios online.

Uno de los desafíos que presenta esta revolución digital es la inclusión, debemos asegurarnos de que sea una digitalización para todos, que nadie se quede atrás en este proceso de cambio ni resulte perjudicado, directa o indirectamente, por la tecnología. El proceso de transformación repercute directamente en la economía, en la democracia y en la aplicación efectiva de los derechos. Por ello, las políticas sociales y fiscales también deben adaptarse a la sociedad digital para acompañar a las personas y mitigar el impacto de la automatización en el mercado laboral y en las contribuciones fiscales.

Hay que apostar por una transición digital justa, inclusiva y sostenible en su Manifiesto Digital. Este documento aboga por definir un Nuevo Pacto Digital, es decir, un nuevo contrato social que asegure una colaboración más amplia y abierta entre gobiernos, empresas y sociedad civil, y en el que la tecnología sirva para mejorar la vida diaria de todas las personas. Se trata de renegociar, redefinir y reafirmar valores comunes para construir nuestro futuro digital sobre la base de principios como la equidad y la no discriminación, la responsabilidad, la inclusividad y la capacidad de elección y en el que la tecnología sirva para mejorar la vida diaria de todas las personas.

Los beneficios de la digitalización no deben llegar solo a unos pocos y debemos asegurarnos que todos participen en un mundo conectado. Se necesita un nuevo paradigma de políticas y de regulación basado en la rendición de cuentas, la transparencia y la autorregulación, junto a un enfoque más adaptado al entorno digital de las políticas públicas y la supervisión de los mercados. Las empresas tendrán que adoptar un enfoque ético para el uso de los datos y de nuevas tecnologías, como la inteligencia artificial o los algoritmos, y asumir su responsabilidad por el impacto que generan en la sociedad.

Para descargar el informe haz clic aquí

 

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COMUNICADO 2020/3, 13 de Marzo de 2020. Ampliación de medidas de prevención de riesgos Laborales frente a la exposición al nuevo coronavirus (SARS-COV-2) https://www.redconsultora.com/ampliacion-medidas/ https://www.redconsultora.com/ampliacion-medidas/#respond Fri, 13 Mar 2020 10:43:28 +0000 http://www.redconsultora.com/?p=16198 Medidas extraordinarias de Prevención

Ante el nuevo escenario generado por el coronavirus entramos en un escenario en el que se establece el teletrabajo como medida organizativa para continuar realizando la prestación de los servicios en los domicilios.

Esta medida se establecerá desde el próximo día 16 de Marzo de 2020 con las excepciones que se vayan marcando los promotores de los servicios en cada uno de los municipios o las condiciones técnicas que se precisarán.

El teletrabajo no es apto para todo tipo de trabajos, solo es posible para aquellas tareas teletrabajables, es decir, aquellas que pueden realizarse a través de medios tecnológicos. Estamos trabajando en la aplicación práctica de estas en cada uno de los servicios. Pondremos a vuestra disposición este procedimiento lo más rápidamente posible.

Esta opción se realiza conforme a los procedimientos regulados en el Estatuto de los Trabajadores por lo que se está habilitando la política para todos los servicios de REDconsultora. En ella especificaremos el carácter voluntario, las expectativas, las líneas de comunicación, la seguridad de los datos, las políticas de privacidad, y los requisitos tecnológicos para realizar las teletareas. Os llegará junto al procedimiento para la implantación del teletrabajo en la situación de crisis en la que nos encontramos.

Novedades sobre la protección social de las personas trabajadoras

Consideración excepcional como situación asimilada a accidente de trabajo de los periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19.

Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública, que entrará en vigor el jueves 12 de marzo.

Al objeto de proteger la salud pública, se considerarán, con carácter excepcional, situación asimilada a accidente de trabajo, exclusivamente para la prestación económica de incapacidad temporal del sistema de Seguridad Social, aquellos periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras provocado por el virus COVID-19.

En ambos casos la duración de esta prestación excepcional vendrá determinada por el parte de baja por aislamiento y la correspondiente alta.

Podrá causar derecho a esta prestación la persona trabajadora por cuenta propia o ajena que se encuentre en la fecha del hecho causante en situación de alta en cualquiera de los regímenes de Seguridad Social.

La fecha del hecho causante será la fecha en la que se acuerde el aislamiento o enfermedad del trabajador, sin perjuicio de que el parte de baja se expida con posterioridad a esa fecha.

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Comunicado 2020/2, 12 de Marzo de 2020. Ampliación de medidas de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al nuevo coronavirus (SARS-COV-2) https://www.redconsultora.com/comunicado-2020-2-12-de-marzo-de-2020-ampliacion-de-medidas-de-prevencion-de-riesgos-laborales-frente-a-la-exposicion-al-nuevo-coronavirus-sars-cov-2/ https://www.redconsultora.com/comunicado-2020-2-12-de-marzo-de-2020-ampliacion-de-medidas-de-prevencion-de-riesgos-laborales-frente-a-la-exposicion-al-nuevo-coronavirus-sars-cov-2/#respond Thu, 12 Mar 2020 16:40:47 +0000 https://www.redconsultora.com/?p=14531 Nuevo escenario

La Organización Mundial de la Salud ha declarado que la enfermedad es una pandemia, es decir una epidemia que afecta a todo el mundo. En la práctica, hay propagación mundial, en al menos 118 países.

Ver situación actual haciendo clic aquí

Medidas extraordinarias de contención

Diferentes administraciones regionales y municipales han tomado medidas extraordinarias de refuerzo y apoyo para tratar de evitar la extensión general para toda la población del nuevo coronavirus COVID-19.

Estas medidas son medidas, más drásticas, de contención y no preventivas desde el punto de vista de la salud de los trabajadores.

Podréis ver las novedades en:

Gobierno de España

Comunidad de Madrid

Ayuntamiento de Madrid

Ayuntamiento de Fuenlabrada

Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón

Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes

Controlar la epidemia va a costar como mínimo” uno o dos meses y, en un escenario peor, tres o cuatro. Las medidas se empezarán a notar en unos 10 días el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias.

Aunque las medidas de contención cambien, los consejos siguen siendo los mismos: higiene (en especial) de manos, cubrirse la boca al toser, de mantener la distancia social, de evitar las multitudes y quedarse en casa ante síntomas parecidos a la gripe.

Ampliación de medidas preventivas para los trabajadores de REDconsultora

Se mantienen las mimas medidas establecidas en el anterior comunicado. Recordaros el cumplimiento de estas. El artículo 29 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) insta a las empresas a velar por la seguridad y la salud de sus trabajadores que, a su vez, a los trabajadores a colaborar con la empresa para que se puedan garantizar una condiciones de trabajo seguras.

Se amplía la cancelación de todas las actividades grupales de la organización hasta que la dirección programe nuevas actividades con los correspondientes responsables municipales.

Priorizar la atención telefónica o telemática sobre la presencial. Las personas trabajadoras en el Municipio de Madrid recibirán pautas técnicas de cómo realizar este servicio.

Reducir las reuniones y encuentros con otros profesionales atendiendo aquellos que tengan un contenido urgente.

Actuación en caso de detectar síntomas

Si sospecháis, según estos criterios de riesgo, que puede estar infectada por coronavirus, poneros en contacto con los servicios de emergencia a través del 900 102 112. A partir de ahí, profesionales especializados valorarán su caso y decidirán, siempre bajo un estricto criterio clínico, si se trata de un caso sospechoso o no.

En caso de que las autoridades sanitarias cataloguen a una persona como un caso en investigación, un equipo de salud pública o de emergencias pasará por su domicilio para tomar una muestra orofaríngea del sospechoso y hacer la prueba que confirme o descarte el caso.

Hasta que salga el resultado de la prueba, los médicos recomendarán mantenerse aislado en casa y evitar aglomeraciones o contactos cercanos con otras personas.

Información Comunidad de Madrid sobre Coronavirus

Información Comunidad de Madrid sobre Coronavirus

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COMUNICADO 2020/1, 9 de Marzo de 2020. PREVENCION DE RIESGOS LABORALES FRENTE A LA EXPOSICIÓN AL NUEVO CORONAVIRUS (SARS-COV-2) https://www.redconsultora.com/comunicado-2020-1-9-de-marzo-de-2020-prevencion-de-riesgos-laborales-frente-a-la-exposicion-al-nuevo-coronavirus-sars-cov-2/ https://www.redconsultora.com/comunicado-2020-1-9-de-marzo-de-2020-prevencion-de-riesgos-laborales-frente-a-la-exposicion-al-nuevo-coronavirus-sars-cov-2/#respond Mon, 09 Mar 2020 19:22:21 +0000 https://www.redconsultora.com/?p=14505 Ante las situaciones en las que se puedan encontrar las diferentes personas trabajadoras de REDconsultora frente la exposición al nuevo CORONAVIRUS (SARS-COV.2), y desde la aplicación de la normativa laboral procedemos a informar de la evaluación del riesgo de exposición y a establecer recomendaciones, siguiendo las pautas y recomendaciones formuladas por las autoridades sanitarias.

Detección del riesgo

El coronavirus SARS-CoV-2 es un virus nuevo, desconocido anteriormente en la patología humana, que pertenece a la familia Coronaviridae. El reservorio de estos virus es animal y algunos coronavirus tienen la capacidad de trasmitirse a las personas. De persona a persona se transmite por vía respiratoria a través de las gotas respiratorias de más de 5 micras, cuando el enfermo presenta sintomatología respiratoria (tos y estornudos) y contacto con fómites. Hasta al momento, no hay evidencias de que se pueda transmitir desde personas infectadas asintomáticas. La transmisión aérea por núcleo de gotitas o aerosoles (capaz de transmitirse a una distancia de más de 2 metros) no ha sido demostrada para el SARS-CoV-2. Sin embargo, se cree que esta podría ocurrir durante la realización de procedimientos asistenciales invasivos del tracto respiratorio. El periodo de incubación puede variar entre 2 y 14 días.

Valoración del riesgo

En función de la naturaleza de las actividades y los mecanismos de transmisión del nuevo coronavirus SARS-CoV-2, se han establecido diferentes escenarios de riesgo en los que no se encuentran las personas trabajadoras de REDconsultora. Estos son:

Grupos de prestación de servicios de las personas trabajadoras de REDconsultora Exposición de riesgo de infección por el SARS-CoV-2 y situaciones laborales
Exposición de riesgo Exposición de bajo riesgo Baja probabilidad de exposición
Se produce un contacto estrecho con un caso confirmado No se produce un contacto estrecho con un caso probable o confirmado.
Personas que proporcionan cuidados Personas que esté en el mismo lugar que un caso, a una distancia menor de 2 metros Personas que esté en el mismo lugar que un caso, a una distancia mayor de 2 metros(1)
Servicios de Psicología General Situación laboral no probable Situación laboral probable Situación laboral no probable
Servicios de Intervención Familiar
Servicios de Mediación
Servicios de atención a menores y adolescentes
Servicios de formación
Servicios generales en la organización Situación laboral no probable

(1) O se disponen de medidas de protección colectivas

En REDconsultora, las personas trabadoras realizan procesos de formación o de tutorización y acompañamiento con personas, generalmente en riesgo o dificultad social, y el riesgo de exposición de infección por el SARS-CoV-2 es bajo para los servicios psicología general, intervención familiar, mediación y atención a menores y adolescentes, y de baja probabilidad para los servicios generales.

En líneas generales, todos los grupos de prestación de servicios de REDconsultora no están dedicados a la atención de casos confirmados con COVID-19, y por tanto no están expuestos a entornos probablemente contaminados por el virus, sin embargo las personas trabajadoras de la organización están expuestas a aquellos casos probables y en particular, en los servicios que realizan actividades con colectivos más vulnerables de riesgo de infección como son los mayores.

Medidas preventivas

Se establecen medidas básicas de protección que garantizan y protegen adecuadamente a las personas trabajadoras de los riesgos para su salud en función a un escenario de bajo riesgo y sin prejuicio de una evolución de este en los próximos días.

Estas medidas no son especiales y asumen las indicaciones de las autoridades sanitarias para reforzar la higiene personal en todos los ámbitos de trabajo. Hay que tener presente que la dimensión de la protección va más allá de la persona trabajadora e incluye al resto de las personas susceptibles de contacto directo o indirecto con el caso.

Estas son:

  • Lavar las manos con agua y jabón durante 40-60 segundos, o con solución a base de alcohol, después de haber tenido contacto con una persona usuaria, estar en contacto con secreciones respiratorias y objetos o materiales contaminados. Especialmente tras el contacto con personas con síntomas de tos o estornudos.
  • Las uñas deben llevarse cortas y cuidadas, evitando el uso de anillos, pulseras, relojes de muñeca u otros adornos
  • El cabello largo ha de recogerse
  • Evitar el uso de lentillas.
  • Se recomienda retirar el maquillaje u otros productos cosméticos que puedan ser fuente de exposición prolongada en caso de resultar contaminados
  • Si existen síntomas respiratorios debe cubrirse la boca y nariz al toser o estornudar con un pañuelo desechable y tirarlo en un contenedor de basura. Si no se tiene pañuelo de papel debe toser o estornudar sobre su brazo en el ángulo interno del codo, con el propósito de no contaminar las manos
  • Si se sufre un acceso de tos inesperado y se cubre accidentalmente con la mano, evitar tocarse los ojos, la nariz o la boca
  • Mantener una distancia social amplia, evitar el contacto estrecho con personas que muestren signos de afección respiratoria como la tos y los estornudos, trata de saludar sin dar besos ni dar la mano.

Otras medidas preventivas que se aconsejan en el entorno laboral es no compartir objetos, alimentos, bebidas, chuches, vasos, platos y cubiertos, y en especial móviles, reforzar el orden y limpieza de las superficies que tenemos que utilizar como mesas, teclados, ordenadores, picaportes de las puertas, y ventilar los espacios de trabajo con mayor frecuencia.

Además, se suspenden las actividades con personas mayores en centros de mayores u otros espacios por el tiempo definido establecido por la Comunidad de Madrid y Ayuntamientos.

Medidas de protección Individual (EPI)

En el escenario evaluado no se precisan equipos de protección respiratoria, guantes de protección, ropa de protección, o equipos de protección ocular o facial.

Probabilidad de cambio de escenario

El análisis de los riesgos y la probabilidad de cambio de escenario, y por tanto el cambio de las medidas preventivas así como del uso de EPIs, se realizará conforme la información y recomendaciones establecidas por las autoridades sanitarias a través del Centro de Coordinación de Alertas y emergencias Sanitarias (CCAES)

https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/home.htm

 

Información Comunidad de Madrid sobre Coronavirus

Contacto de la Comunidad de Madrid para obtener más información

Pautas para protegerse del Coronavirus y otros virus respiratorios

Pautas para protegerse del Coronavirus y otros virus respiratorios

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Anteproyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual https://www.redconsultora.com/anteproyecto-de-ley-organica-de-garantia-integral-de-la-libertad-sexual/ https://www.redconsultora.com/anteproyecto-de-ley-organica-de-garantia-integral-de-la-libertad-sexual/#respond Wed, 04 Mar 2020 08:23:12 +0000 https://www.redconsultora.com/?p=14469

El Consejo de Ministros ha aprovado el anteproyecto de ley contra las violencias sexuales. El texto pone el consentimiento de la mujer en el centro y desaparece el abuso sexual.

 

El objetivo de esta futura ley, según recoge el anteproyecto, es la protección integral del derecho a la libertad sexual de todas las personas mediante la prevención y la erradicación de todas las violencias sexuales, que afectan a las mujeres de manera desproporcionada, como manifestación de la discriminación, la situaciones de desigualdad y las relaciones de poder de género.

Agresiones sexuales, acoso sexual, acecho, extorsión y engaño pederasta- también cuando se lleven a cabo mediante tecnologías de la información y la comunicación- o infección intencionada de enfermedades de transmisión sexual son algunas de ellas.

Se recogen medidas de prevención, sensibilización y formación contra las violencias sexuales en los ámbitos educativo, publicitario, de los medios de comunicación, sanitario, laboral y empresarial, digital y castrense, entre otros.

Eliminación de la diferencia entre abuso y agresión

El texto pone en el centro de los delitos sexuales el consentimiento de la víctima para que no sea necesaria la existencia de violencia o intimidación para que sea considerado una agresión.

“Se entenderá que no existe consentimiento cuando la víctima no haya manifestado libremente por actos exteriores concluyentes e inequívocos, conforme a las circunstancias concurrentes, su voluntad expresa de participar en el acto”.

Tipos penales específicos para delitos

Agresión sexual

“Cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento”

El anteproyecto castiga con la pena de prisión de 1 a 4 años toda agresión sexual.

Excepcionalmente y siempre que no haya circunstancias en el delito, el los delitos de agresión se podrá rebajar la pena, interponiendo a prisión o trabajos en beneficio de la comunidad de 6 meses a un año.

Violación

Se castiga la violación con una pena de prisión de 4 a 10 años, aunque la pena podrá llegar a los 12 años si concurre un agravante.

Si se dan dos circunstancias agravantes, tales como el uso de armas, un trato degradante o vejatorio, una agresión grupal, o una víctima especialmente vulnerable, se impondrá la pena máxima por violación de 15 años.

Acoso sexual

“solicitar sexualmente en ámbito laboral, docente o de desigualdad provocando intimidación, hostilidad o humillación graves”

Para este delito se elevan penas (que pasan de las actuales 3 a 7 meses o multa, hasta los 6 a 12 meses, y hasta un máximo de 24 en los casos más graves).

Acoso callejero

” Aquellas expresiones, comportamientos o proposiciones sexuales o sexistas que creen a la víctima una situación objetivamente humillante, hostil o intimidatoria”.

Hasta ahora, solo estaba previsto en violencia doméstica, entre familiares o pareja o expareja.

Se penará con localización permanente y trabajos comunitarios hasta un mes, o bien, con multa.

Stalking

“se refiere al acoso reiterado”

Se elimina de la redacción del Código Penal el que tenga que ser “gravemente” la vida cotidiana de la víctima. Basta con que la altere al existir seguimientos, contactos insistentes o uso de sus datos.

Matrimonio forzado

En las condenas por delito de matrimonio forzado se podrá anular o disolver el matrimonio para así no obligar a la víctima a ir otro procedimiento civil.

Violencias sexuales

“Cualquier acto de naturaleza sexual no consentido o que condicione el libre desarrollo de la vida sexual en cualquier ámbito público o privado” y su ámbito de aplicación comprende a todas las mujeres desde los 16 años.

Además de los delitos sexuales contemplados en el Código Penal, se consideran violencias sexuales la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado y la trata con fines de explotación sexual.

Juzgados especializados en delitos sexuales

Se amplía la competencia de los Juzgados de violencia contra la mujer y de la Fiscalía contra la Violencia sobre la mujer a las causas relacionadas con las violencias sexuales y se prevé la creación de Juzgados de lo Penal y Salas de la Audiencia Provincial especializadas en violencias sexuales.

Se establecerán medidas judiciales de protección y seguridad para las víctimas, como la posibilidad de evitar el contacto visual con el agresor, declarar en salas especiales o favorecer la grabación de la declaración, para reproducirla durante el juicio oral, evitando así que la víctima deba afrontar sucesivas declaraciones.

Se prohíbe la realización de preguntas malintencionadas o relacionadas con su vida íntima, siempre y cuando estas no guarden conexión con el hecho enjuiciado.

Red de servicios de información y asistencia integral especializada

Se creará una red de servicios de información y asistencia integral especializada, con “centros de crisis” que atiendan a las víctimas de delitos sexuales las 24 horas del día, así como otros derechos de asistencia integral especializada.

Garántias de acceso a ayudas

El anteproyecto quiere garantizar el acceso a ayudas económicas de estas víctimas y se incluye por primera vez en una norma estatal e derecho a la reparación integral, es decir, a una indemnización.

Acreditación de la violencia sexial

En el ámbito de los derechos de las mujeres víctimas, como novedad relevante, se incorpora que podrán utilizar como acreditación de la violencia sexual, informes de servicios sociales o sanitarios, sin que sea necesario un documento de carácter judicial.

Medidas de prevención, sensibilización y formación

El texto establece medidas de prevención, sensibilización y formación contra las violencias sexuales en los ámbitos educativo, publicitario, de los medios de comunicación, sanitario, laboral y empresarial, digital y castrense, entre otros.

De manera inmediata a la entrada en vigor de esta Ley, se formará una comisión asesora de amplia participación, que elaborará un Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de las Violencias Sexuales. Esta medida implicará el lanzamiento de campañas de información y sensibilización específicas, así como programas de formación complementaria y de reciclaje de las personas profesionales que intervienen en la prevención, detección y sanción de las violencias sexuales.

 

anteproyecto_libertad_sexual_3d42.pdf (251 descargas)

 

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Mejora de las habilidades digitales con formación gratuita de google https://www.redconsultora.com/mejora-de-las-habilidades-digitales-con-formacion-gratuita-de-google/ https://www.redconsultora.com/mejora-de-las-habilidades-digitales-con-formacion-gratuita-de-google/#respond Mon, 02 Mar 2020 10:58:27 +0000 https://www.redconsultora.com/?p=14153 Google tiene múltiples recursos y servicios dedicados al aprendizaje digital. Un propuesta gratuita que está abierta tanto para educadores, estudiantes o cualquier usuario que desee mejorar sus competencias digitales.

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Derogación del despido objetivo por bajas médicas https://www.redconsultora.com/derogacion-del-despido-objetivo-por-bajas-medicas/ https://www.redconsultora.com/derogacion-del-despido-objetivo-por-bajas-medicas/#respond Thu, 20 Feb 2020 14:01:17 +0000 https://www.redconsultora.com/?p=14424 La vía disciplinaria de despido que se extingue es un mecanismo de extinción contractual con derecho a una indemnización reducida” en el caso de cierta acumulación de inexistencias injustificadas como bajas por contingencias comunes (por enfermedad). En el caso de despido si la  indemnización fuera procedente sería de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. Este tipo de despido había sido considerado ajustado a la legalidad por el Tribunal Constitucional, tal y como especifica el texto de derogación, al citar la sentencia del pasado 16 de octubre que determinó que el 52.d, que hoy ha quedado derogado, “no vulneraba ni el derecho a la integridad física (artículo 15 de la Constitución española), ni el derecho al trabajo (artículo 35.1), ni el derecho a la protección de la salud (artículo 43.1).

Sin embargo la justificación clave que se argumenta en el texto de derogación es quue resulta injustificada, la existencia de una fórmula extintiva que legitima el despido tanto por ausencias justificadas como injustificadas. El objetivo es evitar que se produzcan discriminaciones directas o indirectas para colectivos especialmente vulnerables que se encuentran en alto riesgo de exclusión profesional y social (por ejemplo, por razón de discapacidad o género).

El texto publicado en el BOE insiste en que el ordenamiento ya dispone de mecanismos para asegurar la sanción para la persona que tiene faltas de asistencia injustificadas (artículo 54.2.a) en el Estatuto de los Trabajadores, además  la ausencia injustificada al trabajo cuenta en el ordenamiento jurídico con canales específicos de sanción, entre ellos el despido disciplinario.

A partir de esta derogación, en la modalidad de extinción del contrato disciplinario, se tendrá una mayor indemnización por año (33 días por año trabajado y un mácimo de 24 mensualidades) en el caso de que un juez lo considerada improcedente.  Pero si el juez determina que este despido por faltas de asistencia es procedente, porque se puede probar la gravedad de la causa, la persona trabajadora no recibirá ningún tipo de indemnización.

 

 

 

 

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[Informe] El Tercer Sector de Acción Social en España 2019. NUEVOS HORIZONTES PARA UN NUEVO CONTEXTO SOCIOPOLÍTICO https://www.redconsultora.com/este-documento-es-un-resumen-de-los-resultados-del-informe-el-tercer-sector-de-accion-social-2019-que-ha-tenido-como-objetivo-principal-hacer-un-analisis-cuantitativo-del/ https://www.redconsultora.com/este-documento-es-un-resumen-de-los-resultados-del-informe-el-tercer-sector-de-accion-social-2019-que-ha-tenido-como-objetivo-principal-hacer-un-analisis-cuantitativo-del/#respond Wed, 12 Feb 2020 16:08:52 +0000 https://www.redconsultora.com/?p=13960 Resumen de los resultados del informe El Tercer Sector de Acción Social 2019, que ha tenido como objetivo principal hacer un análisis cuantitativo del mismo a través de un conjunto de datos que ofrecen una visión actualizada de su estructura y funcionamiento.

El documento aporta información sobre la dimensión del sector, su contribución social, las actuaciones que desarrolla, las personas que trabajan y colaboran con él, su financiación y gestión, sus relaci0nes con entidades tanto del propio sector como de otros ámbitos, su articulación institucional y los principales problemas y retos a los que se puede enfrentar en el futuro.

También aporta información sobre las tendencias de cambio dentro del sector mediante la comparación con informes anteriores y sobre los retos de un futuro en el que el contexto social y económico tras los años de crisis, abre nuevos horizontes al sector.

Ver informe haciendo click aquí

Más información: www.plataformaong.org

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